
A1
Motocicletas ligeras sin sidecar con una cilindrada máxima de 125 cm3, una potencia máxima de 11 kilovatios y una relación potencia/peso no superior a 0,1 kilovatios/kilogramo.
Ciclomotores.
Vehículos para personas con movilidad reducida.
Edad mínima: 16 años.

A2
Motocicletas, con o sin sidecar con una potencia igual o inferior a 35 kw o con una relación potencia/peso igual o inferior a 0,2 kilovatios/kilogramo.
Ciclomotores.
Vehículos para personas con movilidad reducida.
Vehículos de tres ruedas (triciclos) y cuadriciclos no ligeros hasta 550 kg de masa en vacío.
Su obtención implica la concesión del A-1.
Edad mínima: 18 años.

A
El permiso de conducción de la clase A autoriza para conducir motocicletas y triciclos de motor. La edad mínima para obtenerlo será de 20 años cumplidos pero hasta los 21 años no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW, es necesario 2 años de antigüedad en el permiso A2.
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AM
Para conducir ciclomotores.
Edad mínima: 15 años.
La licencia de conducción para ciclomotores no autoriza a conducir éstos transportando un viajero, sin haber cumplido los 16 años (siempre que estén homologados para 2 plazas, dato que debe constar en el certificado de características). Tienen consideración de ciclomotores los ciclomotores de dos y tres ruedas y los cuadriciclos ligeros.

B
Automóviles cuya masa máxima autorizada (M.M.A.) no exceda de 3.500 kg y hasta 9 asientos incluido el del conductor. Pueden llevar enganchado un remolque de MMA hasta 750 kg.
Conjuntos de vehículos formados por un automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque de más de 750 kg de MMA siempre que: la masa máxima autorizada (MMA) del conjunto no exceda de 3.500 kg y la MMA del remolque no exceda de la masa en vacío del vehículo tractor.
Vehículos de tres ruedas (triciclos) y cuadriciclos de motor.
Ciclomotores.
Vehículos para personas con movilidad reducida.
Vehículos de tres ruedas (triciclos) y cuadriciclos no ligeros hasta 550 kg de masa en vacío.
Vehículos especiales no agrícolas o conjuntos de los mismos: cuya velocidad máxima autorizada no exceda de 40 km/h o que transporten hasta 9 personas incluido el conductor.
Vehículos especiales agrícolas autopropulsados o conjuntos de los mismos: cuya masa o dimensiones máximas autorizadas no excedan de los límites establecidos; que superen la masa o dimensiones máximas autorizadas o transporten hasta 9 personas incluido el conductor.
Su obtención no implica la concesión del A-1 y A.
Edad mínima: 18 años.

BTP
Para conducir con el permiso de la clase B: vehículos prioritarios cuando circulen en servicio urgente; vehículos que realicen transporte escolar cuando transporten escolares y vehículos destinados al transporte público de viajeros en servicio de tal naturaleza.
Todos ellos con una MMA no superior a 3.500 kg y hasta 9 asientos incluido el conductor.
Será necesario tener una experiencia, durante al menos un año, en la conducción de vehículos que autoriza el permiso de la clase B y superar las pruebas de control y conocimientos reglamentarios.
El año de antigüedad podrá ser sustituido por un certificado expedido por un Centro de Formación de Conductores que acredite haber completado una formación específica y superar las pruebas reglamentarias.

BE
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por: un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso B; un remolque cuya MMA exceda de 750 kg, siempre que el conjunto no pueda ser conducido con el permiso de la clase B.
A quién puede expedirse: al titular del B en vigor.
No implica la concesión: del A1 y A.
Edad mínima: 18 años.

B96
Desde los 18 años.
Conjunto de vehículos formado por un automóvil de los que autoriza el permiso B y un remolque de más de 750 Kg de masa máxima autorizada siempre que el conjunto no supere los 4.250 Kg. No necesita prueba teórica, realiza prueba de circuito y de circulación.

C1
Automóviles cuya MMA exceda de 3.500 kg y no sobrepase los 7.500 kg y hasta 9 asientos, incluido el del conductor.
Pueden llevar enganchado un remolque de MMA hasta 750 kg.
A quién puede expedirse: al titular del B en vigor.
No implica la concesión: del A1 y A.
Edad mínima: 18 años

C1E
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por: un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso C1 y un remolque cuya MMA exceda de 750 kg, siempre que: la MMA de este conjunto no exceda de 12.000 kg y que la MMA del remolque no sea superior a la masa en vacío del vehículo tractor.
A quién puede expedirse: al titular del C1 en vigor.
Su obtención implica la concesión: del B+E D1+E (solo cuando su titular esté en posesión del de la clase D1)
No implica la concesión: del A1 y A2.
Edad mínima: 18 años.

C
Automóviles cuya MMA exceda de 3.500 kg y hasta 9 asientos, incluido el del conductor.
Pueden llevar enganchado un remolque de MMA hasta 750 kg.
A quién puede expedirse: al titular del B en vigor.
Su obtención no implica la concesión: del A1 y A.
Edad mínima: 18 años con certificado de aptitud profesional, 21 sin certificado.

CE
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por: un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso C; un remolque cuya MMA exceda de 750 kg.
A quién puede expedirse: al titular del C en vigor.
Su obtención implica al concesión: del D1+E y D+E (sólo cuando su titular esté en posesión de los de las clases D1 o D), B+E y C1+E.
No implica la concesión: del A1 y A.
Edad mínima: 18 años con certificado, 21 años sin certificado.

D1
Automóviles destinados al transporte de personas (o destinados al transporte de mercancías en los que excepcionalmente se autorice el transporte de personas), con más de 9 asientos y que no excedan de 17 incluido el del conductor; pueden llevar enganchado un remolque con MMA hasta 750 kg.
Vehículos especiales no agrícolas o conjuntos de los mismos que transporten hasta 17 personas, incluido el conductor.
Vehículos especiales agrícolas autopropulsados o conjuntos de los mismos, cuya masa o dimensiones máximas autorizadas excedan de los límites establecidos o que transporten más de 9 personas hasta un máximo de 17, incluido el conductor.
A quién puede expedirse: al titular del B en vigor.
Su obtención implica la concesión: del BTP.
No implica la concesión: A1, A, C1 y C.
Edad mínima: 21 años.

D1E
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por: un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso D1 y un remolque cuya MMA exceda de 750 kg. siempre que: la MMA del conjunto así formado no exceda de 12.000 kg y la MMA del remolque no sea superior a la masa en vacío del vehículo tractor y el remolque no se utilice para el transporte de personas.
A quién puede expedirse: al titular del D1 en vigor.
Su obtención implica al concesión: del B+E y C1+E (sólo cuando su titular esté en posesión del de la clase C1).
No implica la concesión: del A1, A y C+E.
Edad mínima: 21 años.

D
Automóviles destinados al transporte de personas o de mercancías en los que que excepcionalmente se autorice el transporte de personas: con número de asientos, incluido el del conductor, superior a 9; pueden llevar enganchado un remolque con MMA hasta 750 kg.
Vehículos especiales no agrícolas o conjuntos de los mismos que transporten hasta 17 personas, incluido el conductor.
Vehículos especiales agrícolas autopropulsados o conjuntos de los mismos, cuya masa o dimensiones máximas autorizadas excedan de los límites establecidos o que transporten más de 9 personas hasta un máximo de 17, incluido el conductor.
A quién puede expedirse: al titular del B en vigor.
Su obtención implica la concesión: del D1.
No implica la concesión: A1, A, C1 y C.
Requisitos: Los mismos que para el D1.
Edad mínima: 24 años.

DE
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por: un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso D y un remolque cuya MMA exceda de 750 kg..
A quién puede expedirse: al titular del D en vigor.
Su obtención implica al concesión: del B+E y C1+E (sólo cuando su titular esté en posesión del de la clase C1).
No implica la concesión: del A1, A y C+E.
Edad mínima: 24 años.